¿Quiénes están obigados a declarar sus ingresos?
Todos aquellos exalumnos(as) que hayan financiado sus estudios con Ley 19287 de 1994 de Credito Solidario y Ley 19848 de 2003 de Reprogramación de Crédito Universitario y que hayan transcurridos a lo menos 2 años desde su egreso de la Institución de Educación Superior, ya sea por cursar estudios completos o no , estar o no en Posesión del Titulo Profesional o grado respectivo, deberán comenzar a Declarar sus Ingresos cada año para acogerse al calculo de cuota equivalente al 5% de sus Ingresos.
Una vez iniciada la obligación de Declarar Ingresos, este trámite debe realizarse durante 10 años máximo en el caso de Deudores acogidos a la ley 19848 y de 12 a 15 años máximo para Deudores acogidos a la ley 19287
¿Para qué debes declarar tus ingresos cada año?
Para calcular tu cuota anual a pagar de tu préstamo de fondo solidario y será igual al 5% de tus ingresos. Si tus ingresos son bajos, puedes quedar exento de pago
¿Cuánto tiempo debes declarar tus ingresos?
Una vez iniciada la obligación de Declarar Ingresos, este trámite debe realizarse durante 10 años máximo en el caso de Deudores acogidos a la ley 19848 y de 12 a 15 años máximo para Deudores acogidos a la ley 19287.
¿Cuál es el plazo para declarar tus ingresos?
Desde Enero a fines de Mayo de cada año.
¿Qué pasa si no declaras tus ingresos cada año?
i no presentas tu Declaración Jurada de Ingresos o no presentas la documentación de respaldo, igual se calcula la cuota anual a cobrar.
Para aquellos Exalumnos acogidos a la Ley Nº 19.287, se les fijará una cuota S/Ley N° 20.572 , si el deudor no presenta su Declaración de Ingresos Anuales, se le determinará una Cuota Fija, Anual y sucesiva , en función del Saldo Deudor actualizado de su deuda dividido por el número de años de cobro determinado s/el monto en UTM del saldo Deudor, perdiendo la opción de condonación de saldo de la deuda
Para aquellos Exalumnos acogidos a la Ley Nº 19.848, se les fijará la cuota pactada al momento de reprogramar.
• En estos casos, el plazo para cancelar la cuota vence impostergablemente el 31 de Diciembre del año respectivo.
¿ De donde obtienes el Formulario de Declaración de Ingresos y el Instructivo ?
DESCARGA TU FORMULARIO DE DECLARACION Y EL INSTRUCTIVO DE NUESTRO SITIO WEB
debes ingresar con tu rut sin . con - y clave a https://fscu.umag.cl - Menu Declaración de Ingresos
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No puedes hacer la Declaración vía electrónica, debes imprimir el formulario y completarlo manualmente y remitirlo debidamente firmado ante Notario a nuestras Oficinas .
¿Qué documentos debes adjuntar al declarar?
Guiate por el Instructivo para Declarar tus ingresos que puedes descargar de nuestra pagin
https://fscu.umag.cl - Menu Declaración de Ingresos boletas de honorarios, formulario 22 Renta SII y otros s/instructivo.
¿Si estás en el extranjero?
Puedes descargar la declaración de nuestra página y ante cualquier duda contáctanos a
fondo.solidario@umag.cl
Debes visar tu declaración en la embajada o consulado mas cercano a donde te encuentres y remitirla junto con tus certificados de renta a nuestra dirección postal